
Ante los frecuentes incumplimientos de obligaciones de alimentos establecidas judicialmente, se ha aprobado Fondo de Garantía del Pago de Alimentos como respuesta a estas situaciones de desatención de los hijos e hijas menores.
El fondo supone que los progenitores que tengan la guarda y custodia de sus hijos e hijas menores y no reciban la pensión alimenticia acordada en resolución judicial por parte de la ex pareja y tengan insuficiencia económica, recibirán un cobro mínimo del Fondo de garantía del pago de alimentos. Este anticipo reintegrable no superará los 100 euros por cada menor y tendrá una duración máxima de 18 meses. El montante de los recursos económicos de que disponga dicha unidad familiar es, lógicamente, el criterio central para determinar si concurren o no las circunstancias de insuficiencia económica que justifican la concesión de anticipos por el Fondo.
Mas información: Centro Municipal de la mujer
El fondo supone que los progenitores que tengan la guarda y custodia de sus hijos e hijas menores y no reciban la pensión alimenticia acordada en resolución judicial por parte de la ex pareja y tengan insuficiencia económica, recibirán un cobro mínimo del Fondo de garantía del pago de alimentos. Este anticipo reintegrable no superará los 100 euros por cada menor y tendrá una duración máxima de 18 meses. El montante de los recursos económicos de que disponga dicha unidad familiar es, lógicamente, el criterio central para determinar si concurren o no las circunstancias de insuficiencia económica que justifican la concesión de anticipos por el Fondo.
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